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INTERNATIONAL CONSOLIDATED AIRLINES GROUP, S.A .
("IAG" o la “ Sociedad ") Lanzamiento de un programa de recompra de acciones por importe de 500 millones de euros En relación con el anuncio realizado por IAG el 26 de febrero de 2026 relativo a la devolución a los accionistas del exceso de efectivo por importe de 1.500 millones de euros, y tras la finalización del segundo programa de recompra de acciones por importe de 500 millones de euros con la última compra realizada el 10 de septiembre de 2026 , IAG anuncia el lanzamiento de un último programa de recompra de acciones por importe de 500 millones de euros (el “ Programa ”), con el que se completa la devolución del exceso de efectivo por importe de 1.500 millones de euros anunciada en febrero de 2026. Está previsto que las acciones adquiridas al amparo del Programa se amorticen en ejecución de la reducción de capital aprobada por la Junta General de Accionistas de la Sociedad celebrada el 18 de junio de 2026.
El Programa se llevará a cabo de conformidad con la autorización otorgada por la Junta General de Accionistas celebrada el 18 de junio de 2026.
Morgan Stanley Europe SE (“ MS”) y Goldman Sachs Bank Europe SE ("GS") han sido designados para ejecutar el Programa en tramos consecutivos . MS y GS (y/o sus respectivos delegados) realizarán las compras de acciones en nombre de la Sociedad (actuando como principal sin riesgo, y no como agente) y tomarán todas las decisiones de negociación independientemente de la Sociedad y sin verse influidos por el la, con sujeción a determinados parámetros acordados por la Sociedad con cada uno de MS y GS antes del inicio del Programa .
Qatar Airways Group Q.C.S.C. (“ Qatar Airways ”) ha acordado participar en el Programa de forma proporcional, a efectos de mantener su participación total en IAG en el nivel que ostentaba inmediatamente antes de la ejecución de los recientes programas de recompra de acciones de la Sociedad , el primero de los cuales se anunció el 8 de noviembre de 2024 (es decir , el 25,1434% de los derechos de voto de IAG). En virtud de los acuerdos celebrados con MS y GS, Qatar Airways se ha comprometido a no vender acciones de IAG en el mercado durante el Programa. En su lugar, venderá a MS y GS, según corresponda, para su venta a la Sociedad, en cada sesión un número de ac ciones proporcional al número de acciones adquiridas por el banco correspondiente en el mercado en dicha sesión, a un precio por acción equivalente al precio medio ponderado por volumen al que dicho banco haya comprado dichas acciones en el mercado ese día .
Por tanto, el Programa se ejecutará mediante la compra de acciones a participantes en el mercado y la compra de acciones a Qatar Airways en los términos expuestos anteriormente, por un importe total de hasta 500 millones de euros (374 millones de euros por compras a participantes en el mercado y 126 millones de euros por compras a Qatar Airways) .
El Programa comenzará el 5 de octubre de 2026 y está previsto que termine no más tarde del 26 de febrero de 2027, a menos que la Sociedad, MS o GS, en su caso, pongan fin al mismo en ciertas circunstancias.
El Programa se regirá por lo dispuesto en el Reglamento (UE) nº 596/2014 sobre el abuso de mercado y el Reglamento Delegado (UE) 2016/1052 de la Comisión (incluidos los incorporados a la legislación del Reino Unido) en relación con la exención de programas de recompra , y tendrá las siguientes características:
a) Mercado regulado : las compras se realizarán en la Bolsa de Londres y las Bolsas Españolas (cada una de ellas, una “ Bolsa ").
b) Importe máximo asignado al Programa : 500.000.000€, de los cuales hasta 374.283.000€ se destinarán a compras de acciones a participantes en el mercado.
c) Máximo número de acciones objeto de adquisición al amparo del Programa : hasta 210.000.000 acciones ordinarias, representativas de aproximadamente el 4,55 por ciento del capital social emitido de la Sociedad a 2 de octubre de 2026.
d) Precio por acción : las acciones se comprarán a un precio que no excederá del menor de los dos importes siguientes : (i) el que resulte superior entre el precio de la última operación independiente y el precio más alto ofertado de forma independiente en ese momento en la Bolsa en la que se realice la operación , y (ii) el 105 por ciento del valor medio de mercado de las acciones durante los cinco días hábiles anteriores a aquel en que se realice la compra .
e) Volumen máximo por sesión bursátil (incluidas tanto las compras a participantes en el mercado como a Qatar Airways): un máximo equivalente al 25 por ciento del volumen medio diario de las acciones negociadas en la Bolsa en las 20 sesiones inmediatamente anteriores a la fecha de compra.
Las acciones adquiridas al amparo del Programa se mantendrán en autocartera, a la espera de su amortización, que fue aprobada por la Junta General de Accionistas de IAG celebrada el 18 de junio de 2026.
José Antonio Barrionuevo
Director Financiero
LEI: 959800TZHQRUSH1ESL13
2 de octubre de 2026