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GESTAMP AUTOMOCIÓN, S.A.
COMUNICACIÓN DE OTRA INFORMACIÓN RELEVANTE
Madrid, 31 de julio de 202 6
De conformidad con lo previsto en el artículo 227 del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, y disposiciones concordantes, Gestamp Automoción, S.A. (en adelante, “Gestamp ” o la “Sociedad ”) comunica la siguiente
OTRA INFORMACIÓN RELEVANTE
De conformidad con lo establecido en el artículo 529 unvicies de l Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital (“ LSC ”), las sociedade s cotizadas deben anunciar públicamente todas aquellas operaciones realizadas con sus partes vinculadas que de forma individual o agregada superen el 5% del total de las partidas del activo o el 2,5% del importe anual de la cifra anual de negocios conforme a las últimas cuentas anuales consolidadas aprobadas por la Junta .
En este sentido, l a Sociedad, en aplicación del referido artículo 529 unvicies LSC, comunica las operaciones vinculadas realizadas por Gestamp o sus sociedades dependientes (en adelante, junto con Gestamp, “ Grupo Gestamp ”) con el accionista Acek Desarrollo y Gestión Industrial , S.L. (en adelante, “ Acek ”) o sus sociedades dependientes1 (en adelante, junto con Acek, “Grupo Acek ”) por haber superado éstas el umbral del 2,5% del importe de la cifra anual de negocios referido anteriormente .
Acek , sociedad matriz del Grupo Acek, es titular de una participación de más del 10% del capital social de Gestamp, lo que supone que cualquier operación realizada ent re Grupo Acek y Grupo Gestamp tenga la consideración de operación vinculada de conformidad con lo establecido en el artículo 529 vicies LSC.
Grupo Acek, desarrolla, entre otras, y además de la fabricación y comercialización de piezas y componentes metálicos para el sector de la automoción a través de Grupo Gestamp, las siguientes actividades a través de los subgrupos referidos a continuación:
a) Holding Gonvarri, S.L. y sociedades dependientes (en adelante, “ Subgrupo Gonvarri ”):
dedicado a la fabricación, transformación y comercio de productos metálicos, incluyendo tanto centro de servicios del acero como fabricación de estructuras para energías renovables (tales como torres eólicas, infraestructuras para parques fotovoltaicos y elementos de centrales termo -solares) .
1 Entendiendo por “ sociedades dependientes” aquellas sociedades controladas por Acek en los términos del artículo 42 del Código de Comercio.
2 b) Inmobiliaria Acek, S.L. y sociedades dependientes (en adelante, “ Subgrupo Inmobiliaria Acek ”): dedica do a actividades inmobiliarias.
En este sentido , dado que la última de las comunicaciones sobre transacciones con partes vinculadas publicó las operaciones aprobadas y, en el caso de operaciones de tracto sucesivo, los importes incurridos , hasta el 31 de marzo de 202 6, esta comunicación publica dicha información, desde el 1 de abril hasta el 3 0 de junio de 202 6.
1. Operaciones realizadas por Grupo Gestamp con Acek .
1.1. Operaciones relacionadas con la recepción de servicios prestados por Acek.
Tal y como fue comunicado a través de otra información relevante (nº de referencia 13567) , con fecha 31 de marzo de 2017, el Consejo de Administración de Gestamp, previo informe favorable de la Comisión de Auditoría emitido con fecha 28 de marzo de 2017, aprobó un contrato entre Gestamp Servicios, S.A. (“ Gestamp Servicios ”) y Acek para la prestación por este último de servicios profesionales relacionados con la consolidación contable, así como de servicios de compra centralizada de licencias de software y de seguros.
Respecto de los servicios recibidos relacionados con la consolidación contable, el monto de la contraprestación se determina a partir del coste laboral por empleado incurrido en su prestación más un margen fijado en un 7% de conformidad con el análisis fis cal de operaciones vinculadas recogido en la documentación de precios de transferencia.
Respecto de los servicios de compra centralizada de licencias de software y de seguros, Acek actúa como centro de contratación centralizado para los diferentes subgrupos (incluyendo Grupo Gestamp) y factura a éstos de acuerdo con criterios de asignación co ncretos y objetivos (número de licencias, capitales asegurados, etc.).
A este respecto, el Consejo de Administración en el momento de su aprobación, y sobre la base del informe emitido por la Comisión de Auditoría, concluyó que los términos y condiciones de la operación eran de mercado y respetaban la normativa aplicable.
El importe de las operaciones de recepción de servicios bajo este contrato desde el 1 de abril hasta el 30 de junio de 2026 es de 271 miles de euros.
1.2. Operaciones relacionadas con la prestación de servicios a Acek.
Con fecha 31 de marzo de 2017, el Consejo de Administración de Gestamp, previo informe favorable de la Comisión de Auditoría emitido con fecha 28 de marzo de 2017, aprobó un contrato entre Acek y Gestamp Servicios para la prestación por este último de serv icios profesionales económico -financieros.
De acuerdo con el referido contrato, el monto de la contraprestación se determina a partir del coste laboral por empleado incurrido en su prestación más un margen fijado en un 7% de conformidad con el análisis fiscal de operaciones vinculadas recogido en l a documentación de precios de transferencia.
3 A este respecto, el Consejo de Administración en el momento de su aprobación, y sobre la base del informe emitido por la Comisión de Auditoría, concluyó que los términos y condiciones de la operación eran de mercado y respetaban la normativa aplicable.
El importe de las operaciones de prestación de servicios bajo este contrato desde el 1 de abril hasta el 30 de junio de 2026 es de 232 miles de euros.
2. Operaciones realizadas por Grupo Gestamp con Subgrupo Inmobiliaria Acek .
2.1. Operaciones relacionadas con el arrendamiento de oficina s.
Tal y como fue comunicado a través de otra información relevante (nº de referencia 39985 ), con fecha 16 de diciembre de 2025, el Consejo de Administración de Gestamp, previo informe favorable de la Comisión de Auditoría , aprobó un nuevo contrato de alquiler de las oficinas corporativas de Alfonso XII, 16 , con el fin de reduc ir los metros cuadrados utilizados que venía utilizando Gestamp Servicios. Con ello , a partir del 1 de enero de 2026, bajo el nuevo contrato, la renta mensual por el alquiler de las referidas oficinas es de 13.029,89 euros más IVA.
A este respecto, el Consejo de Administración, en el momento de su aprobación, y sobre la base del informe emitido por la Comisión de Auditoría, concluyó que los términos y condiciones de la operación eran de mercado y respetaban la normativa aplicable. Asimismo , Galtier Franco Ibérica analizó la renta por metro cuadrado teniendo en cuenta la localización, superficie, normativa urbanística y comparables de mercado , concluyendo que la renta se encuentra dentro del rango de precios de mercado.
El importe de las operaciones bajo este arrendamiento desde el 1 de abril hasta el 30 de junio de 2026 es de 45 miles de euros , importe que incluye la regularización de suministros y de mantenimiento .
2.2. Operaciones relacionadas con la ejecución de obras de adecuación.
Tal y como se comunicó a través de otra información relevante (nº de referencia 34953 ), con fecha 27 de febrero de 2025, el Consejo de Administración, previo informe favorable de la Comisión de Auditoría emitido el 24 de enero de 2025, aprobó la prestación por parte de Subgrupo Inmobiliaria Acek a Gestamp Servicios, de servicios de ejecución de obras de adecuación de las nuevas oficinas arrendadas por Gestamp Servicios a Inmobiliaria Colonial, sitas en el edificio Madnum, Calle Méndez Álvaro, 53, Madrid.
Posteriormente, el pasado 13 de mayo de 2026, el Consejo de Administración, previo informe de la Comisión de Auditoría (que se adjunta como Anexo I ), aprobó una nueva ampliación del contrato para llevar a cabo trabajos adicionales a los previstos anteriormente .
A este respecto, el Consejo de Administración, en el momento de su aprobación, y sobre la base del informe emitido por la Comisión de Auditoría, concluyó que la operación era justa y razonable desde el punto de vista de Gestamp y, en particular, de los acc ionistas distintos de la parte vinculada.
4 Se trata de una prestación de servicios puntual de Subgrupo Inmobiliaria Acek a Gestamp Servicios, cuyo importe total es de 8.532,68. -€, más IVA.
3. Operaciones realizadas por Grupo Gestamp con Subgrupo Gonvarri .
3.1. Operaciones relacionadas con la compra venta de materia prima , así como con la recepción de servicios relacionados .
Tal y como fue comunicado a través de otra información relevante (nº de referencia 13567) , con fecha 10 de mayo de 2022 , la Jun ta General de Accionistas de Gestamp, a propuesta d el Consejo de Administración y previo informe favorable de la Comisión de Auditoría emitido con fecha 6 de abril de 2022 , aprobó un contrato marco por el cual Grupo Gestamp realiza con Subgrupo Gonvarri operaciones de compra y de venta de productos de acero (bobinas de acero , flejes y planchas metálicas o “blanks” ) para la fabricación de componentes metálicos para la automoción, así como de recepción de servicios relacionados .
Grupo Gestamp adquiere la materia prima utilizada para la fabricación de componentes de automoción al Subgrupo Gonvarri , el cual , a su vez, compra el acero necesario directamente al proveedor siderúrgico y lo procesa ( mediante corte y/o revestimiento), facturándole a Grupo Gestamp no solo el valor añadido, esto es, el precio del servicio de procesamiento , sino también el coste de la materia prima (sin margen) . En otras ocasiones , Grupo Gestamp adquiere directamente del proveedor siderúrgico la materia prima y se la entrega a Subg rupo Gonvarri, el cual se encarga de procesarla y factura a Grupo Gestamp el importe del valor añadido aportado en su procesamiento.
En este sentido, el Consejo de Administración en el momento de su propuesta , y sobre la base del informe emitido por la Comisión de Auditoría, concluyó que los términos y condiciones de la operación eran de mercado y respetaban la normativa aplicable .
El importe neto de las operaciones de compra y de venta de acero y aluminio y servicios relacionados bajo este contrato desde el 1 de abril hasta el 30 de junio de 2026 es de 346.852 miles de euros .
Gran parte de este volumen de operaciones de compra de acero y aluminio se realiza en régimen de “resale ” en el cual el precio de la materia prima (bobinas de acero) se negocia directamente con el proveedor siderúrgico por el Grupo Gestamp o por el cliente final (OEM ). En consecuencia, en estos casos, la negociación del precio de la materia prima es una negociación entre partes independientes. En las operaciones en régimen de “ resale ” Subgrupo Gonvarri se limita a comprar la materia prima al precio pactado por Grupo Gestamp o por el cliente final (OEM) con el proveedor siderúrgico , sin intervenir en la fijación de dicho precio . En concreto , un 57,63% del importe facturado por Subgrupo Gonvarri a Subgrupo Gestamp por compra de materia prima se ha realiza do en régimen de “ resale ” durante el trimestre objeto de esta comunicación , siendo el precio de la materia prima negociado entre partes independientes sin intervención del Subgrupo Gonvarri y, por tanto, respecto a dicho volumen no concurre ningún conflicto de interés.
En consecuencia , habida cuenta de l importe de “resale ”, realmente el importe de las operaciones de compra y venta de acero y aluminio sujeto a negociación entre partes vinculadas desde el 1 de abril hasta el 30 de junio de 2026 es de 166.770 miles de euros.
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3.2. Operaciones relacionadas con la compra de chatarra y servicios relacionados.
Con fecha 13 de mayo de 2026, el Consejo de Administración de Gestamp, previo informe favorable de la Comisión de Auditoría emitido en la misma fecha (que se adjunta como Anexo II), aprobó un contrato marco de compraventa de chatarra entre sociedades del Subgrupo Sideacero, S.L. (Gescrap) - subgrupo perteneciente al Grupo Gestamp – y sociedades del Subgrupo Gonvarri.
En virtud de dicho contrato, sociedades del Subgrupo Sideacero adquieren chatarra de acero y aluminio procedente de la actividad del Subgrupo Gonvarri, prestándose asimismo servicios relacionados, tales como recogida, tratamiento, procesamiento y transport e de dicha chatarra.
A este respecto, el Consejo de Administración, en el momento de su aprobación, y sobre la base del informe emitido por la Comisión de Auditoría, concluyó que la operación era justa y razonable desde el punto de vista de Gestamp y, en particular, de los acc ionistas distintos de la parte vinculada.
El importe neto de las operaciones de compra de chatarra y de servicios relacionados entre Gescrap y Subgrupo Gonvarri desde el 1 de abril hasta el 30 de junio de 2026 es de 34.076 miles de euros.
3.3. Operaciones relacionadas con la adquisición de equipos industriales.
Con fecha 13 de mayo de 2026, el Consejo de Administración de Gestamp, previo informe favorable de la Comisión de Auditoría emitido en la misma fecha (que se adjunta como Anexo II), aprobó un contrato de compraventa entre Gestamp Brasil Indústria de Autopeças S/A y Láser Automotive Barcelona, S.L. (sociedad perteneciente al Subgrupo Gonvarri ).
En virtud de este contrato, Láser Automotive Barcelona, S.L. transmitió a Gestamp Brasil dos cabinas de corte láser 3D de segunda mano .
A este respecto, el Consejo de Administración, en el momento de su aprobación, y sobre la base del informe emitido por la Comisión de Auditoría, concluyó que la operación era justa y razonable desde el punto de vista de Gestamp y, en particular, de los acc ionistas distintos de la parte vinculada.
Se trata de una compraventa de equipos industriales puntual, cuyo importe total es de 150.000. -
€, más IVA .
3.4. Operaciones relacionadas con el arrendamiento de activos.
3.4.1. Arrendamiento de nave industrial de Gonvarri Czech S.R.O. por parte de Gestamp Louny S.R.O.
Tal y como fue comunicado a través de otra información relevante (nº de referencia 13567), e l 6 de mayo de 2019, el Consejo de Administración, previo informe favorable de la Comisión de Auditoría emitido en misma fecha , aprobó el arrendamiento a Gonvarri Czech S.R.O.
(“Gonvarri Czech ”) por parte de Gestamp Louny S.R.O. (“ Gestamp Louny ”) de una nave
6 industrial situada en Minice (República Checa) por una renta de 175.969 euros mensuales (7,15 euros/ m²), renta que se incrementó posteriormente en 2.500 euros mensuales por la realización de obras de acondicionamiento, en virtud de adenda al contrato aprobada por el Consejo de Administración previo informe de la Comisión de Auditoría.
Posteriormente, y como se comunicó como otra información relevante (nº de referencia 27314 ) con fecha 2 7 de febrero de 202 4, el Consejo de Administración, previo informe de la Comisión de Auditoría , aprobó una nueva adenda al contrato de arrendamiento de la nave en virtud de la cual la renta se increment ó en 3.200 euros mensuales por la realización por parte de Gonvarri Czech de obras de mejora ( actualización del sistema de refrigeración y sustitución de puertas exteriores de la nave ) a petición de Gestamp . Habiendo finalizado las obras de mejora de la nave , la renta mensual a abonar por Gestamp Louny es de 181.669 euros mensuales.
Por último, con fecha 28 de julio de 2025, el Consejo de Administración, previo informe favorable de la Comisión de Auditoría emitido en misma fecha, aprobó la extensión del plazo de duración del contrato de arrendamiento de nave industrial por un plazo de 3 años , permaneciendo el resto de condiciones en los mismos términos.
En este sentido, el Consejo de Administración tanto en relación con el contrato inicial de arrendamiento de la nave como , posteriormente , en relación con la s dos adenda s al mismo y la extensión de su plazo, consideró , sobre la base del informe previo emitido por la Comisión de Auditoría, que la operación era justa y razonable desde el punto de vista de Gestamp y, en particular, de los accionistas distintos de la parte vinculada.
El importe de las operaciones de arrendamiento bajo este contrato desde el 1 de abril hasta el 30 de junio de 2026 es de 545 miles de euros .
3.4.2. Contrato de arrendamiento de nave industrial de Gonvarri Produtos Siderúrgicos, S.A., por parte de Gestamp Aveiro - Indústria de Acessórios Automóveis S.A.
Tal y como fue comunicado a través de otra información relevante (nº de referencia 16299 ), el 6 de abril de 2022, el Consejo de Administración, previo informe favorable de la Comisión de Auditoría emitido en misma fecha, aprobó el arrendamiento a Gonvarri Produtos Siderúrgicos, S.A. (“ Gonvarri Produtos Siderúrgicos ”) por parte de Gestamp Aveiro - Indústria de Acessórios Automóveis S.A. (“ Gestamp Aveiro ”) de una planta industrial de una superficie de 7.248,7 m2, más una superficie aproximada de 6.231 m2 de parking, así como un área para equipos de refrigeración de 3.044 m2, localizada en la Freguesia de Nogueira do Cravo do concelho de Oliveira de Azemei s, por una renta mensual de 21.574 euros.
Para evaluar la razonabilidad económica de la operación, la Comisión de Auditoría contó con un estudio comparativo que toma como referencia el precio de alquiler por m2 en tres naves del mismo polígono industrial con un uso industrial equivalente siendo el precio por m2 ofrecido por Gonvarri Produtos Siderúrgicos inferior al precio medio obtenido en dicho estudio.
En este sentido, el Consejo de Administración consideró, sobre la base del informe previo emitido por la Comisión de Auditoría, que la operación era justa y razonable desde el punto de vista de Gestamp y, en particular, de los accionistas distintos de la p arte vinculada.
El importe de las operaciones de arrendamiento bajo est e contrato desde el 1 de abril hasta el
7 30 de junio de 2026 es de 64.722 euros.
3.4.3. Contrato de arrendamiento de terreno entre Gestamp Palencia, S.A. y Road Steel Engineering, S.L.
Tal y como se comunicó como otra información relevante (nº de referencia 27314), e l 22 de octubre de 2018, el Consejo de Administración previo informe favorable de la Comisión de Auditoría, aprobó el arrendamiento a Road Steel Engineering, S.L. (sociedad del Subgrupo Gonvarri) por parte de Gestamp Palencia, S.A. de un terreno con superficie total de 36.964,90 m2 propiedad de Gestamp Palencia, S.A. situado junto a la parcela en la que se sitúa su fábrica, por 2.208,33 euros mensuales .
A este respecto, el Consejo de Administración, en el momento de su aprobación, y sobre la base del informe emitido por la Comisión de Auditoría, concluyó que los términos y condiciones de la operación eran de mercado y respetaban la normativa aplicable.
La renta mensual actualizada conforme a IPC es de 2. 740,98 euros mensuales, por lo que e l importe de las operaciones de arrendamiento bajo este contrato desde el 1 de abril hasta el 30 de junio de 2026 es de 8.223 euros.
3.4.4. Contrato de subarrendamiento de nave industrial entre Gestamp Aragón, S.A. y Laser Automotive Zaragoza, S.L.
Tal y como se comunicó como otra información relevante (nº de referencia 27314), e l 22 de octubre de 2018, el Consejo de Administración previo informe favorable de la Comisión de Auditoría, aprobó el subarrendamiento a Laser Automotive Zaragoza, S.L. (sociedad del Subgrupo Gonvarri, como subarrendatario) por parte de Gestamp Aragó n, S.A. (como subarrendador) de una nave industrial sita en Pedrola, Zaragoza por una renta mensual de 9.275 euros.
A este respecto, el Consejo de Administración, en el momento de su aprobación, y sobre la base del informe emitido por la Comisión de Auditoría, concluyó que los términos y condiciones de la operación eran de mercado y respetaban la normativa aplicable.
El importe de las operaciones de arrendamiento bajo este contrato desde el 1 de abril hasta el 30 de junio de 2026 es de 27.825 euros.
3.4.5. Arrendamiento de nave s industrial es entre Gonvauto Navarra, S.A. y Gestamp Navarra, S.A.
Tal y como se comunicó como otra información relevante (nº de referencia 27314), e l 22 de octubre de 2018, el Consejo de Administración previo informe favorable de la Comisión de Auditoría, aprobó el arrendamiento por parte de Gestamp Navarra, S.A. (arrenda tario) a Gonvauto Navarra, S.A. (arrendador) de una nave industrial de su propiedad sita en Salinas de Pamplona por una renta mensual de 27.548 euros.
8 A este respecto, el Consejo de Administración, en el momento de su aprobación, y sobre la base del informe emitido por la Comisión de Auditoría, concluyó que los términos y condiciones de la operación eran de mercado y respetaban la normativa aplicable.
La renta mensual actualizada conforme a IPC es de 35.008 euros mensuales por lo que e l importe de las operaciones de arrendamiento bajo este contrato desde el 1 de abril hasta el 3 0 de junio de 2026 es de 105.024 euros.
De otro lado, tal y como se comunicó como otra información relevante (nº de referencia 33365) , el 29 de julio de 2024, el Consejo de Administración, previo informe favorable de la Comisión de Auditoría, aprobó el arrendamiento a Gonvauto Navarra, S.A. (arrenda dora) por parte de Gestamp Navarra, S.A. (arrendatario) , de una nave industrial adyacente a la mencionada anteriormente , y que estaba en proceso de construcción , por una renta mensual estimada de 194.526. -€ (renta que sería ajustada conforme a la inversión finalmente requerida para la construcción de la nave ).
A este respecto, el Consejo de Administración, en el momento de su aprobación, y sobre la base del informe emitido por la Comisión de Auditoría, concluyó que los términos y condiciones de la operación eran de mercado y respetaban la normativa aplicable.
Habi éndose realizado ya las obras de construcción en su mayor parte, esta nave está siendo arrendada desde enero de 2026, por Gestamp Navarra, S.A. por una renta mensual provisional de 159.000 euros mensuales. Esta renta será ajustada cuando concluyan definitivamente las obras de construcción , conforme a la inversión final efectivamente realizada.
El importe de las operaciones de arrendamiento bajo este contrato desde el 1 de abril hasta el 30 de junio de 2026 es de 477.000 euros.
3.4.6. Arrendamiento de almacén y pabellón entre Gonvarri Pol ska Sp. z.o.o . y Gestamp Polska Sp. z.o.o .
Tal y como se comunicó como otra información relevante (nº de referencia 27314), e l 25 de julio de 2019, el Consejo de Administración, previo informe favorable de la Comisión de Auditoría emitido en misma fecha, aprobó el arrendamiento a Gonvarri Pol ska Sp. z.o.o.
(arrendador ) por parte de Gestamp Polska Sp. z.o.o. (arrendatario) de un almacén y pabellón anexo propiedad de Gonvarri Poland en Września (Polonia), por una renta mensual de 37.500 euros . Posteriormente, con fecha 29 de julio de 2024, el Consejo de Administración, previo informe favorable de la Comisión de Auditoría, aprobó la prórroga del presente contrato por seis años adicionales, permaneciendo el resto de condiciones, incluido el precio, en los mismos términos.
A este respecto, el Consejo de Administración, en el momento de su aprobación, y sobre la base del informe emitido por la Comisión de Auditoría, concluyó que los términos y condiciones de la operación eran de mercado y respetaban la normativa aplicable.
El importe de las operaciones de arrendamiento bajo este contrato desde el 1 de abril hasta el 30 de junio de 2026 es de 112.500 euros .
9 3.4.7. Contrato de arrendamiento de un aparcamiento entre Gonvarri Polska Sp. z o.o. y Gestamp Polska.
Tal y como se comunicó como otra información relevante (nº de referencia 34953), e l 27 de febrero de 2025, el Consejo de Administración, previo informe favorable de la Comisión de Auditoría emitido el 24 de febrero de 2025 , aprobó el arrendamiento a Gonvarri Pol ska por parte de Gestamp Polska de una zona de aparcamiento que se encuentra en la parcela contigua al almacén y pabellón arrendados también por Gonvarri a Gestamp Polska y referidos en el punto anterior. El importe mensual acordado por el arrendamiento del aparcamiento es de 7.739 PLN mensuales.
A este respecto, el Consejo de Administración, en el momento de su aprobación, y sobre la base del informe emitido por la Comisión de Auditoría, concluyó que la operación era justa y razonable desde el punto de vista de Gestamp y, en particular, de los accionistas distintos de la parte vinculada.
El importe de las operaciones de arrendamiento bajo este contrato desde el 1 de abril hasta el 30 de junio de 2026 es de 23.217 PLN (equivalente aproximadamente a 5. 400 euros) .
3.4.8. Contrato de arrendamiento con opción de compra de línea de blanking propiedad de Gonvauto South Carolina, Inc. por Gestamp Chattanooga II, LLC.
Tal y como fue comunicado a través de otra información relevante (nº de referencia 13567), e l 17 de diciembre de 2020, el Consejo de Administración, previo informe favorable de la Comisión de Auditoría emitido con misma fecha, aprobó un contrato de arrendamiento con opción de compra de una línea de blanking propiedad de Gonvauto South Carolina, Inc.
(“Gonvauto ”) por Gestamp Chattanooga II, LLC (“ Gestamp Chattanooga ”).
Gonvauto fue el proveedor inicialmente seleccionado para el suministro de planchas de acero (“blanks ”) para la estampación que Gestamp Chattanooga realiza en la planta de Chattanooga II. No obstante, con el fin de eliminar riesgos logísticos (derivados del hecho de que Gonvauto prestaba los servicios de blanking desde su planta de South Carolina) y no habiendo un proveedor local alternativo, Gestamp decidió realizar el corte en su propia planta y, para ello, arrendar a Gonvauto la línea de corte empleada para realizar ese suministro con un derecho de opción de co mpra de la misma.
La renta mensual se fijó en 49.753,3 dólares americanos para el año 2020. Conforme al contrato, esta renta se ha actualizado anualmente de acuerdo con el índice de inflación estadounidense (US CPI) ascendiendo la renta mensual correspondiente al ejercicio 2026 a 63.019 dólares americanos.
Por su parte, el precio de ejercicio de la opción de compra se fijó en un porcentaje del valor inicial de la línea de blanking ; decreciente en función del momento de ejercicio de ésta (a los 10, 13, 16 o 19 años).
A este respecto, el Consejo de Administración en el momento de su aprobación, y sobre la base del informe emitido por la Comisión de Auditoría, concluyó que los términos y condiciones de la operación eran de mercado y respetaban la normativa aplicable.
10 El importe de las operaciones de arrendamiento bajo este contrato desde el 1 de abril hasta el 30 de junio de 2026 es de 189 miles de dólares americanos.
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ANEXO I
INFORME DE LA COMISIÓN DE AUDITORÍA EMITIDO DE ACUERDO CON
LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 529 DUOVICIES. 3 DE LA LSC2
1
INFORME QUE PRESENTA LA COMISI ÓN DE AUDITORÍA EN RELACIÓN CON
UNA OPERACIÓN CON PARTE VINCULADA SOMETIDA A LA APROBACIÓN
DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE GESTAMP AUTOMOCIÓN , S.A.
1. OBJETO DEL PRESENTE INFORME .
De conformidad con lo establecido en el apartado 3 del artículo 529 du ovicies del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades (en adelante “LSC ”), la aprobación por la junta o por el consejo de una operación vinculada deberá ser objeto de informe previo de la comisión de auditoría .
Asimismo, el apartado 2 del mismo artículo de la LSC establece que la competencia para aprobar las operaciones vinculadas, previo informe de la comisión de auditoría es del consejo de administración, cuando el importe de la operación sea inferior al 10% del total de las partidas del activo de la compañía .
En este sentido, está previsto que el Consejo de Administración de Gestamp Automoción, S.A.
(en adelante, la “ Sociedad ” o “ Gestamp ”), en su próxima reunión de 13 de mayo de 202 6, apruebe una operación entre sociedades pertenecientes a su grupo (“ Grupo Gestamp ”) y partes vinculadas a la misma.
De acuerdo con lo anterior , el presente informe tiene por objeto dar cumplimiento a lo previsto en la norma citada y, en consecuencia, se formula por la Comisión de Auditoría de la Sociedad para informar sobre las condiciones fundamentales y justificar la razonabilidad de la siguient e operación vinculada que se somete a la aprobación el Consejo de Administración de Gestamp .
2. PRESUPUESTOS DE LA OPERACI ÓN VINCULADA .
A continuación, se detallan los elementos esenciales de la operaci ón vinculada sometida a la consideración del Consejo de Administración de la Sociedad consistente en una ampliación de los trabajos del contrato de ejecución de obras de adecuación de las oficinas corporativas de Gestamp Servicios, S.A. (“Gestamp Servicios ”) por parte de Inmobiliaria Acek, S.L.
(“Inmobiliaria Acek ”):
− Descripción general : El 27 de febrero de 2025 , el Consejo de Administración de Gestamp , previo informe favorable de la Comisión de Auditoría, aprobó un contrato para la realización de obras de adecuación de las nuevas oficinas de Gestamp Servicios sitas en el edificio Madnum de Madrid , por parte de Inmobiliaria Acek.
2
Posteriormente, con fecha 28 de julio de 2025, el Consejo de Administración, previo informe de la Comisión de Auditoría, aprobó una ampliación del contrato para llevar a cabo trabajos adicionales a los inicialmente contemplados.
Actualmente, es voluntad de Gestamp Servicios que se lleven a cabo nuevos trabajos adicionales a los inicialmente contemplados, por lo que surge otra vez la necesidad de volver a ampliar el contrato inicial.
− Objeto de la operación : la realización por parte de Inmobiliaria Acek , de trabajos no incluid os en el proyecto original de adecuación de las nuevas oficinas arrendadas a Inmobiliaria Colonial SOCIMI, S.A., sitas en el edificio Madnum, Calle Méndez Álvaro, 53, Madrid , consistentes , esencialmente , en la adecuación de l sistema de climatización de determinadas salas de reuniones.
− Precio: el coste total por estos trabajos adicionales solicitados y no contemplad os en el proyecto original ascienden a 8.532 ,68.-€, más IVA .
− Razonabilidad económica de la operación: Inmobiliaria Acek resulta la opción más razonable y conveniente, dado que se trata de trabajos adicionales ligad os a las obras de adecuación que ya se han ejecutado desde el inicio del proyecto .
3. CONCLUSIÓN .
En vista de lo anteriormente expuesto y de la documentación soporte puesta a su disposición, la Comisión de Auditoría concluye que la operaci ón es justa y razonable desde el punto de vista de la Sociedad y, en particular, de los accionistas distintos de la parte vinculada.
Madrid , 13 de mayo de 202 6
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ANEXO I I
INFORME DE LA COMISIÓN DE AUDITORÍA EMITIDO DE ACUERDO CON
LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 529 DUOVICIES. 3 DE LA LSC22
2 Se ha omitido determinada información por considerar el Consejo de Administración de Gestamp que su publicación podría perjudicar el interés social. No obstante, en opinión del Consejo de Administración, la omisión no impide a los accionistas valorar que la operación es justa y razonable.
1
INFORME QUE PRESENTA LA COMISIÓN DE AUDITORÍA EN RELACIÓN CON
OPERACI ONES CON PARTE S VINCULADA S SOMETIDA S A LA APROBACIÓN
DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE GESTAMP AUTOMOCIÓN , S.A.
1. OBJETO DEL PRESENTE INFORME .
De conformidad con lo establecido en el apartado 3 del artículo 529 duovicies del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades (en adelante “ LSC ”), la aprobación por la junta o por el consejo de una operación vinculada deberá ser objeto de informe previo de la comisión de auditoría .
Asimismo, el apartado 2 del mismo artículo de la LSC establece que la competencia para aprobar las operaciones vinculadas, previo informe de la comisión de auditoría es del consejo de administración, cuando el importe de la operación sea inferior al 10% de l total de las partidas del activo de la compañía.
En este sentido, está previsto que el Consejo de Administración de Gestamp Automoción, S.A.
(en adelante, la “ Sociedad ” o “ Gestamp ”), en su próxima reunión de 13 de mayo de 202 6, apruebe operaci ones entre sociedades pertenecientes a su grupo (“ Grupo Gestamp ”) y partes vinculadas a la misma.
De acuerdo con lo anterior, el presente informe tiene por objeto dar cumplimiento a lo previsto en la norma citada y, en consecuencia, se formula por la Comisión de Auditoría de la Sociedad para informar sobre las condiciones fundamentales y justificar la razonabilidad de la s siguiente s operaci ones vinculada s que se somete n a la aprobación el Consejo de Administración de Gestamp.
2. PRESUPUESTOS DE LA S OPERACI ONES VINCULADA S.
A continuación, se detallan los elementos esenciales de la s operaci ones vinculada s sometida s a la consideración del Consejo de Administración de la Sociedad consistente s en la suscripción de los siguientes contratos: (i) un contrato marco de compraventa de chatarra (“Contrato Marco ”) entre sociedades del subperímetro de l grupo Gestamp de l que Sideacero, S.L. es sociedad dominante (en adelante, “ Subgrupo Sideacero ” o “Gescrap ”) y sociedades del Grupo Gonvarri (grupo en el que Holding Gonvarri, S.L. es la sociedad dominante ), y (ii) un contrat o de compraventa de dos cabinas de corte láser entre Gestamp Brasil Ind ústria de Autopeças S/A (como compradora ) (“Gestamp Brasil ”) y Láser Automotive Barcelona , S.L. (“ Láser Automotive ”), sociedad perteneciente al Grupo Gonvarri (como vendedora) .
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1. Contrato Marco de compraventa de chatarra entre sociedades del Subgrupo Sideacero y sociedades del Grupo Gonvarri .
Objeto de la operación : en virtud de este contrato, sociedades del Subgrupo Sideacero (Gescrap) adquirirán chatarra de acero y aluminio, a sociedades del Grupo Gonvarri procedente de su actividad, prestando asimismo servicios relacionados tales como recogida, tratamiento, procesamiento y transporte de dicha chatarra.
Cada sociedad del Subgrupo Sideacero y del Grupo Gonvarri que vayan a realizar las mencionadas operaciones de compraventa formalizarán un contrato específico en el que se detallarán las condiciones particulares aplicables, de conformidad con las condiciones establecidas en el Contrato Marco.
Precio: el precio de cada una de las operaciones de compraventa de chatarra se determinará en cada contrato específico pero siempre conforme a lo establecido en el Contrato Marco, esto es, tomando como base el valor del índice de referencia designado por las partes de entre aquellos comúnmente utilizados en la valoración de la chatarra de acero o aluminio en las distintas regiones y añadiendo el coste de los servicios prestados tales como recogida, tratamiento, procesamiento o transporte.
Duración: la duración del Contrato Marco es de cinco (5) años desde su firma, renovable tácitamente por periodos sucesivos de un año, salvo preaviso en contrario por escrito por cualquiera de las partes con tres (3) meses de antelación.
Razonabilidad económica de la operación: Se han comparado los precios medios resultantes conforme al Contrato Marco a la compraventa de chatarra en diferentes regiones en las que Gescrap y Grupo Gonvarri desarrollan su actividad con (i) los índices de precios de compraventa de chatarra equivalente más utilizados en di chas regiones , (ii) así como con los precios de las operaciones realizadas entre Gescrap y las sociedades del propio Grupo Gestamp , conclu yéndo se de ambas que las condiciones establecidas en el Acuerdo Marco son de mercado.
2. Contrato de compraventa de dos cabinas de corte láser entre Gestamp Brasil y Láser Automotive Barcelona, S.L.
Descripción general: para el suministro de las piezas que le han sido adjudicadas en el Proyecto de , la planta de Gestamp Brasil en Piracicaba necesita dos cabinas de corte láser 3D.
Objeto de la operación : en virtud de est e contrato , Láser Automotive vende a Gestamp Brasil , dos máquinas de corte l áser 3D de segunda mano con 8 años de antigüedad.
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Precio : el precio de cada cabina de corte láser 3D es de 75.000. - €, más IVA. Por ello, el precio total del contrato de compraventa es de 150.000. - €, más IVA .
Razonabilidad económica de la operación: teniendo en cuenta las especificidades técnicas requeridas, se ha n solicitado oferta s alternativa s a varios proveedores en Europa y Brasil ( , y Láser Automotive) con el objetivo de comparar el coste de cabinas de corte láser 3D tanto nuevas como de segunda mano con antigüedades semejantes, habiéndose comprobado que el precio de las cabinas ofertado por Láser Automotive no solo se sitúa dentro del rango de precios del mercado, sino que ha resultado ser la oferta más competitiva teniendo en cuenta no solo el precio de las cabinas sino también los costes de transporte y los aranceles aplicables.
3. CONCLUSIÓN .
En vista de lo anterior mente expuesto , la Comisión de Auditoría concluye que las operaci ones son justa s y razonable s desde el punto de vista de la Sociedad y, en particular, de los accionistas distintos de la parte vinculada.
Madrid , 13 de mayo de 202 6