COMISION NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES (CNMV)
CELLNEX TELECOM, S.A. ( “Cellnex ” o la “Sociedad ”), en cumplimiento de lo establecido en el artículo 226 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercado s de Valores y de los Servicios de Inversión, mediante el presente escrito comunica a la Comisión Nacional del Merca do de Valores
la siguiente
INFORMACIÓN PRIVILEGIADA
El Consejo de Administración de Cellnex ha acordado poner en marcha un programa de recompra de acciones propias (el “ Programa de Recompra ”) al amparo de la autorización conferida a su favor por acuerdo de la Junta General de Accionistas celebrada el 1 de junio de 2023, autorizando al Consejo de Administración a llevar a cabo la adquisición de acciones de Cellnex .
El Programa de Recompra se llevará a cabo de conformidad con los requisitos de transparencia y operativa previstos en el Reglamento (UE) n° 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre el abuso de mercado (Reglamento sobre Abuso de Mercado) y en el Reglamento Delegado (UE) 2016/1052 de la Comisión, de 8 de marzo de 2016 (el “ Reglamento Delegado 2016/1052 ”) y tendrá las siguientes características:
- Propósito del Programa de Recompra : reducir el capital social de la Sociedad mediante la amortización de las acciones adquiridas en el Programa de Recompra , sujeto a la aprobación por la Junta General de Accionistas.
- Inversión máxima : el Programa de Recompra tendrá un importe monetario máximo de 200 millones de euros.
- Número máximo de acciones : el número máximo de acciones a adquirir e n el marco del Programa de Recompra dependerá del precio al que tengan lugar las compras . A título meramente ilustrativo, si se tomara como referencia de precio de compra el precio de cotización al cierre del día de ayer (esto es, 27 ,05 euros ), el número máximo de acciones a adquirir sería de 7.393.715, representativas del 1,11% del capital social resultante tras la reducción de capital anunciada hoy .
El valor nominal de las acciones propias adquiridas directa o indirectamente por la Sociedad, sumadas al de las que ya posea la Sociedad en cada momento y, en su caso, sus filiales, no podrá ser superior al 10% del capital suscrito de la Sociedad.
- Precio y volumen : las acciones se comprarán a precio de mercado, de conformidad con las condiciones de precio y volumen establecidas en el artículo 3 del Reglamento Delegado 2016/1052 .
- Duración indicativa del Programa de Recompra : el Programa de Recompra comenzará en agosto de 202 6 y permanecerá vigente hasta el 31 de diciembre de 2026 . No obstante, Cellnex se reserva el derecho a finalizar el Programa de Recompra si, con anterioridad a su fecha límite de vigencia, alcanzara el importe monetario máximo o si concurriera alguna otra circunstancia que así lo aconsejara. La fecha exacta de inicio del Programa de Recompra se comunicará al mercado una vez que haya sido fijada .
- Ejecución del Programa de Recompra : el Programa de Recompra se gestionará por una o varias entidades financieras, que tomarán las decisiones en relación con el momento de realización de las compras de las acciones de Cellnex independiente mente de Cellnex.
La interrupción, finalización o modificación del Programa de Recompra, así como las operaciones de compra de acciones realizadas en su virtud, serán debidamente comunicadas a la Comisión Nacional del Mercado de Valores mediante la correspondiente comunicación de Otra Información Relevante , con la periodicidad establecida por el Reglamento Delegado 2016/1052.
Este acuerdo representa un paso más en la ejecución de la estrategia de remuneración al accionista de Cellnex , incrementando el nivel de retribución previamente comunicado al mercado. Refleja el compromiso continuado de la Sociedad con la creación sostenible de valor, la asignación disciplinada del capital y una clara orientación hacia la mejora de la remuneración al accionista a largo plazo .
Madrid , a 30 de julio de 2026