Repsol, S.A.
C/Méndez Álvaro, 44
28045 Madrid
www.repsol.com
Información privilegiada
Madrid, 31 de julio de 2026
El Consejo de Administración de Repsol, S.A. (la “Sociedad ” o “ Repsol ”), en sesión celebrada el 22 de julio de 2026 y al amparo del acuerdo de reducción de capital aprobado por la Junta General de Accionistas celebrada el pasado 14 de mayo de 2026 dentro del punto octavo del orden del día (el “ Acuerdo de la Junta ”), acordó reducir el capital social de la Sociedad (la “Reducción de Capital ”) en el importe que resulte de la amortización de la totalidad de las acciones propias de la Sociedad que se adquieran mediante el programa de recompra de acciones propias, con una inversión máxima neta de 500 millones de euros, que el Consejo de Administración acordó implementar en esa misma sesión de 22 de julio de 2026 (el “ Programa de Recompra ” o “ Programa ”), al amparo de la autorización para la adquisición de autocartera conferida por la Junta General de Accionistas celebrada el 14 de mayo de 2026, dentro del punto décimo del orden del día (la “ Autorización de la Junta ”).
Todo ello fue objeto de la correspondiente comunicación de información privilegiada remitida a la Comisión Nacional del Mercado de Valores el 23 de julio de 2026 (número de registro 3297 ).
A este respecto, Repsol comunica que el Consejero Delegado, en el día de hoy y de conformidad con la delegación efectuada a su favor por el Consejo de Administración de Repsol, ha acordado poner en marcha el Programa de Recompra al amparo de la Autorización de la Junta y de lo previsto en el Reglamento (UE) 596/2014 y en el Reglamento Delegado (UE) 2016/1052 (el “Reglamento Delegado ”).
El Programa de Recompra será realizado en los términos que se indican a continuación:
1. Objetivo del Programa de Recompra
El único propósito del Programa de Recompra es adquirir las acciones propias que habrán de amortizarse en el marco de la Reducción de Capital acordada por el Consejo de Administración al amparo del Acuerdo de la Junta.
2. Inversión máxima del Programa de Recompra y número máximo de acciones a adquirir al amparo del Programa
La inversión máxima neta del Programa asciende a 500.000.000 de euros (la “ Inversión Máxima ”).
A efectos del cálculo del importe de la Inversión Máxima, se computará únicamente el precio de adquisición de las acciones. No se computarán, por tanto, los gastos, comisiones o corretajes que, en su caso, puedan repercutirse sobre las operaciones de adqui sición.
Repsol, S.A.
C/Méndez Álvaro, 44
28045 Madrid
www.repsol.com
Información privilegiada
El número máximo de acciones a adquirir al amparo del Programa de Recompra dependerá del precio medio al que se realicen las compras, pero no excederá de 37.500.000 acciones (el “Número Máximo de Acciones ”). Asumiendo que el precio medio de compra de las acciones que se adquieran en ejecución del Programa ascendiera a 24,09 euros (precio medio de cotización de la acción de la Sociedad al cierre de las sesiones bursátiles en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia desde el 1 hasta el 29 de julio de 2026), el Número Máximo de Acciones que se adquirirían sería de 20.755.500 (1,90% del capital social de Repsol a la fecha de este comunicado).
3. Condiciones de precio y volumen
La adquisición de las acciones se realizará a precio de mercado de conformidad con las condiciones de precio y volumen establecidas en el artículo 3 del Reglamento Delegado. En particular, en lo que se refiere al precio, Repsol no comprará acciones a un pr ecio superior al más elevado de los siguientes: (i) el precio de la última operación independiente; o (ii) la oferta independiente más alta de ese momento en los centros de negociación donde se efectúe la compra.
En lo que respecta al volumen de contratación, Repsol no comprará más del 25% del volumen medio diario de las acciones de Repsol en el centro de negociación en que se lleve a cabo la compra.
El volumen medio diario de las acciones de la Sociedad a los efectos del cómputo anterior tendrá como base el volumen medio diario negociado en los veinte (20) días hábiles anteriores a la fecha de cada compra.
4. Plazo de duración del Programa de Recompra
El Programa de Recompra comenzará el día 3 de agosto de 2026 y permanecerá vigente hasta el 29 de octubre de 2026.
No obstante, Repsol se reserva el derecho a finalizar el Programa de Recompra si, con anterioridad a su fecha límite de vigencia (esto es, el 29 de octubre de 2026), se hubiera cumplido su finalidad y, en particular, si Repsol hubiera adquirido al amparo d el mismo el Número Máximo de Acciones, o acciones por un precio de adquisición que alcanzara el importe de la Inversión Máxima, o si concurriera cualquier otra circunstancia que así lo aconsejara o exigiera.
Repsol, S.A.
C/Méndez Álvaro, 44
28045 Madrid
www.repsol.com
Información privilegiada
La interrupción, finalización o modificación del Programa de Recompra, así como las operaciones de compra de acciones realizadas en su virtud, serán debidamente comunicadas a la Comisión Nacional del Mercado de Valores mediante el correspondiente comunicad o, con la periodicidad prevista en el Reglamento Delegado.