BODEGAS RIOJANAS, S.A. (en adelante, la “ Sociedad ” o “BORISA ”), en cumplimiento de lo previsto en el artículo 227 de la Ley 6/2023 , de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión ( “LMVSI ”), por la presente comunica la siguiente
OTRA INFORMACIÓN RELEVANTE
La Sociedad informa de la presente como continuación de las comunicaciones remitidas anteriormente al mercado en relación con el plan de reestructuración conjunto de BORISA y de sus filiales –Bodegas Torreduero, S.A. y Bodegas Viore, S.L. –, suscrito el 15 de mayo de 2026 y homologado judicialmente (el “ Plan de Reestructuración ”) y, en particular , de la comunicación de otra información relevante de fecha 15 de julio de 2026, con número de registro 41911 , relativa a la ejecución de la implementación del Plan de Reestructuración .
La Sociedad comunica que, con fecha 22 de septiembre de 2026, ha quedado inscrita en el Registro Mercantil de Madrid la escritura de ejecución de reducción de capital y simultáneo aumento de capital social mediante compensación de créditos de BORISA , otorgada el 15 de julio de 2026 ante el Notario de Logroño , D. Marcos Prieto Ruiz, con el número 1536 de su protocolo, en virtud de la cual se han emitido 45.515.790 nuevas acciones ordinarias de la Sociedad, de 0,10 euros de valor nominal cada una, de la misma clase y serie que las actualmente en circulación, rep resentativas del 90% del capital social (las “ Nuevas Acciones ”) y que han sido íntegramente suscritas y desembolsadas por Gevisa Wine Capital, S.L., sociedad de nacionalidad española, con domicilio en Calle Cervantes, número 9, planta 3, puerta derecha, 28014 Madrid, y provista de N.I.F. B87188223 (el “Inversor ”).
La adquisición del 90% del capital de la Sociedad por parte del Inversor no conlleva la obligación de formular una oferta pública de adquisición sobre la totalidad de las acciones de la Sociedad, por concurrir las circunstancias previstas en el artículo 8 d) del Real Decreto 1066/2007, de 27 de julio, sobre el régimen de las ofertas públicas de adquisición de valores, al proceder la adquisición de las Nuevas Acciones por parte del Inversor de la capitalización de créditos contra la Sociedad en el marco del Plan de Reestructuración, que ha sido objeto de homologación judicial por la Plaza número 6 de la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Logroño. La exclusión de dicha obligación de formular una oferta pública de adquisición resulta directamente de la
antedicha previsión legal, sin necesidad de acuerdo de dispensa por parte de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
La Sociedad informará al mercado de la admisión a negociación de l as Nuevas Acciones en las Bolsas de Valores de Madrid y Bilbao, a través del Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo), tras la verificación de los trámites correspondientes ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores , Bolsa e Iberclear.
En Madrid , a 23 de septiembre de 2026
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D. Fernando Mart ínez Sampedro