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Madrid, 15 de septiembre de 2026 En cumplimiento del artículo 227 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, Aena, S.M.E., S.A. (“Aena” o la “ Sociedad”) comunica la siguiente
OTRA INFORMACIÓN RELEVANTE
Como continuación a la comunicación de otra información relevante número 3094 publicada el pasado 18 de febrero de 2026, la Sociedad informa de que, en el día de hoy, el Consejo de Ministros del Gobierno de España ha aprobado el Tercer Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA) que estará vigente los próximos cinco años (2027-
2031) .
La aprobación del DORA da cumplimiento a la previsión normativa contenida en la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia (Ley 18/2014) y fija los parámetros que Aena ha de seguir en la gestión de su red de aeropuertos españoles en relación con (i) las inversiones a realizar; (ii) la fijación de tarifas; (iii) la WACC; y (iii) los requerimientos de capacidad y calidad.
Aena realizará las consideraciones que correspondan sobre el contenido del DORA cuando éste sea comunicado por la Administración competente.
La Secretaria del Consejo de Administración Elena Roldán Centeno