NO DESTINADO A SU DIVULGACIÓN, PUBLICCIÓN NI DISTRIBUCIÓN, TOTAL O PARCIAL,
DIRECTA O INDIRECTAMENTE, EN O HACIA LOS ESTADOS UNIDOS DE ANÉRICA
(INCLUIDOS SUS TERRITORIOS Y POSESIONES, CUALQUIER ESTADO DE LOS ESTADOS
UNIDOS Y EL DISTRITO DE COLUMBIA), CANADÁ, JAPÓN, SUDÁFRICA O AUSTRALIA, NI
EN CUALQUIER OTRA JURISDICCIÓN EN LA QUE DICHA DIVULGACIÓN, PUBLICACIÓN O
DISTRIBUCIÓN SEA ILEGAL
14 de julio de 2026
INFORMACIÓN PRIVILEGIADA
Digi Spain Telecom, S.A.U.
Anuncio previo al inicio del Periodo de Estabilización De conformidad con el artículo 226 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, así como el artículo 6.1 del Reglamento Delegado (UE) 2016/1052, de 8 de marzo de 2016 (el “Reglamento Delegado (UE) 2016/1052”), Barclays Bank Ireland PLC (“Barclays”), en su condición de agente de estabilización por cuenta de las entidades aseguradoras en relación con la oferta pública inicial de acciones ordinarias de Digi Spain Telecom, S.A.U. (el “Emisor” o la “Sociedad”) (la “Oferta”), por la presente informa que podrá llevar a cabo operaciones de estabilización respecto de tales acciones en las Bolsas de Barcelona, Bilbao, Madrid y Valencia (las “Bolsas Españolas”), conforme a lo previsto en el Reglamento (UE) 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre abuso de mercado, así como en el Reglamento Delegado (UE) 2016/1052, en los términos que se detallan
a continuación:
Los valores:
Emisor: Digi Spain Telecom, S.A.U.
ISIN: ES0106043005
Descripción: Oferta pública inicial de acciones ordinarias (las “Acciones”) Precio de oferta: 5,60€ por acción (el “Precio de la Oferta”)
Estabilización:
Agente de
estabilización:Barclays Bank Ireland PLC Fecha prevista de inicio del periodo de estabilización:16 de julio de 2026 Fecha prevista de
finalización del
periodo de
estabilización:No más tarde del 15 de agosto de 2026 Existencia de un préstamo de valores, Digi Romania S.A. (“DIGI Romania”), accionista único del Emisor, ha concedido un préstamo de valores a Barclays hasta
de una opción de
sobreasignación,
tamaño máximo y
condiciones de
ejercicio:un máximo de 7.695.000 Acciones a fin de cubrir sobreasignaciones en la Oferta. Asimismo, DIGI Romania ha concedido a Barclays una opción para adquirir un máximo de 7.695.000 Acciones al Precio de la Oferta, destinada a devolver las disposiciones de Acciones bajo el préstamo (la “Opción de Sobreasignación”).
La Opción de Sobreasignación podrá ser ejercitada, total o parcialmente, por Barclays, en su condición de agente de estabilización, durante un periodo de treinta (30) días naturales a contar desde la fecha en que las Acciones comiencen a cotizar en las Bolsas Españolas (previsiblemente, el 16 de julio de 2026).
Lugares de
negociación para la estabilización:Bolsas Españolas, over-the-counter (OTC) y otros sistemas de negociación.
En relación con la Oferta, el agente de estabilización podrá realizar operaciones con la finalidad de mantener el precio de mercado de los valores durante el periodo de estabilización, sin que en ningún caso dicho precio supere el Precio de la Oferta. No se garantiza la ejecución de operaciones de estabilización y cualquier actuación en ese sentido, de iniciarse, podrá cesar en cualquier momento y sin previo aviso. Cualquier operación de estabilización se llevará a cabo estrictamente conforme a la legislación y normativa aplicables.
INFORMACIÓN IMPORTANTE
Este anuncio tiene carácter meramente informativo y no constituye una invitación ni una oferta para suscribir, adquirir o vender, ni una solicitud de oferta para suscribir, adquirir o vender valores emitidos por la Sociedad en los Estados Unidos (incluidos sus territorios y posesiones, cualquier Estado de los Estados Unidos y el Distrito de Columbia), Canadá, Japón, Sudáfrica o Australia ni en ninguna jurisdicción en la que dicha oferta o venta sea ilegal.
Los valores a los que se hace referencia en este anuncio no han sido, ni serán, registrados conforme a la Ley de Valores de 1933 de los Estados Unidos, tal y como haya sido modificada (la “Ley de Valores”) ni conforme a las leyes de valores de ningún estado u otra jurisdicción de los Estados Unidos, y no podrán ser ofrecidos o vendidos, directa o indirectamente, en los Estados Unidos sin el registro o la exención de los requisitos de registro con arreglo a la Ley de Valores.
No existe intención alguna de registrar ninguna parte de la Oferta en los Estados Unidos ni de realizar una oferta pública de valores en los Estados Unidos.
Dentro del Espacio Económico Europeo de la Unión Europea (“EEE”), esta comunicación está dirigida únicamente a personas que sean “inversores cualificados” conforme al significado del Artículo 2(e) del Reglamento (UE) 2017/1129 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio, sobre el folleto que debe publicarse en caso de una oferta de valores al público o para su admisión a negociación en un mercado regulado y por la que se deroga la Directiva 2003/71/CE (incluidos los reglamentos delegados) (el “Reglamento de Folletos”) (“Inversores Cualificados”).
En el Reino Unido, esta comunicación se distribuye exclusivamente a, y está dirigida únicamente a, personas que sean (a) “inversores cualificados”, tal y como se definen en el apartado 15 del anexo 1 del Reglamento de Ofertas Públicas y Admisiones a Cotización de 2024 (“POATR”) y (b) o bien (i) sean personas que tengan experiencia profesional en asuntos relacionados con inversiones, de modo que puedan considerarse “profesionales de la inversión” con arreglo al artículo 19, apartado 5, de la Ley de Servicios y Mercados Financieros de 2000 (Promoción Financiera) de 2005, en su versión modificada (la “Orden”); o (ii) sean personas que se ajusten a lo dispuesto en el artículo 49, apartado 2, letras a) a d), de la Orden; o (iii) a quienes se les pueda comunicar o hacer que se les comunique de forma lícita una invitación o incentivo para participar en actividades de inversión (en el sentido del artículo 21 de la Ley de Servicios y Mercados Financieros de 2000, en su versión modificada periódicamente) en relación con la emisión o venta de los valores descritos en el presente documento (denominándose conjuntamente a todas estas personas contempladas en los apartados (a) y (b) “personas relevantes”). Este anuncio no debe ser utilizado ni invocado (i) en el Reino Unido, por personas que no sean personas relevantes; y (ii) en cualquier Estado miembro del EEE, por personas que no sean Inversores Cualificados.
Cualquier inversión o actividad de inversión a la que se refiere este anuncio está disponible únicamente para (i) en el Reino Unido, personas relevantes, y (ii) en cualquier Estado miembro del EEE, Inversores Cualificados, y únicamente se llevará a cabo con dichas personas.
La información contenida en el presente documento no constituye una oferta pública de valores en el Reino Unido en el sentido del artículo 85 de la Ley de Servicios y Mercados Financieros de 2000, en su versión modificada.
Barclays está regulado por el Banco Central de Irlanda. Barclays actúa únicamente por cuenta de la Sociedad en relación con la oferta y no asumirá responsabilidad alguna frente a ninguna otra persona distinta de la Sociedad por proporcionar las protecciones ofrecidas a sus clientes ni por prestar asesoramiento en relación con la oferta o con cualquier asunto mencionado en la presente comunicación.